La publicación de la lista de morosos en condominios: una obligación, no un delito
La publicación de la lista de morosos en la cartelera del condominio no solo es legal, sino que es una obligación del administrador en cumplimiento con la Ley de Propiedad Horizontal de Venezuela. A menudo surge la controversia de que exponer los nombres de los propietarios en mora vulnera su privacidad o afecta a sus familiares. Sin embargo, el Código Penal Venezolano no contempla esta acción como delito, ya que el administrador, en función de su mandato, tiene el deber de informar a la comunidad sobre el estado de las finanzas del condominio.
El artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal establece la obligación del administrador de recaudar los fondos necesarios para el mantenimiento del condominio, lo cual incluye la publicación de los pagos pendientes. Además, cualquier procedimiento judicial que se inicie contra un propietario moroso es público, lo que refuerza la legalidad de la transparencia en estos asuntos.
Lejos de ser un ataque, la publicación de la lista de morosos busca garantizar el correcto funcionamiento de las áreas comunes y evitar el deterioro de los bienes compartidos. Para aquellos en mora, la mejor lección es asumir la responsabilidad y negociar los pagos pendientes, mostrando a sus hijos el valor del compromiso con la comunidad.
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