¿Sabías que tu condominio es agente de retención de ISLR?

¿Sabías que tu condominio es agente de retención de ISLR?

Muchos residentes y miembros de juntas de condominio no lo saben, pero los condominios en Venezuela sí fungen como agentes de retención del Impuesto sobre la Renta (ISLR). Esto no significa que deban pagar el impuesto como contribuyentes —ya que no generan ingresos propios—, pero sí tienen el deber de retener un porcentaje del ISLR a quienes les prestan servicios.


Esto ocurre porque, según la normativa tributaria venezolana, cualquier entidad que pague por servicios está sujeta a aplicar retenciones si el proveedor genera un enriquecimiento gravable. En este caso, el condominio actúa como un pagador de servicios, y por eso debe tener su RIF (Registro Único de Información Fiscal) al día.


Por ejemplo, si se contrata a una empresa para pintar la fachada o reparar el ascensor, el condominio debe retener el 2% del monto de la factura por concepto de ISLR, y posteriormente declararlo ante el SENIAT.


Ahora bien, si el condominio ha contratado una administradora externa, esta será la responsable de realizar y declarar las retenciones correspondientes, en nombre del condominio.


Si se realiza una retención sin fundamento legal, el agente (es decir, el condominio o su administradora) es responsable ante el contribuyente. Y si lo retenido ya fue entregado al SENIAT, el proveedor afectado puede solicitar su reintegro o compensación, siguiendo el procedimiento establecido en el Código Orgánico Tributario (artículos 194 al 199).


¿Qué implica esto para tu comunidad? Un manejo transparente, profesional y legal de las obligaciones fiscales evita sanciones y fortalece la confianza entre proveedores, administradores y copropietarios.


En resumen: aunque no es contribuyente directo del ISLR, el condominio sí tiene responsabilidades tributarias que no deben ignorarse.

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